Para @EdWhelanEPPC: ARTÍCULO V Membresía de la Junta Sección 1. Membresía - La Junta estará compuesta por miembros no votantes ex officio y miembros votantes fiduciarios generales. (a) el Secretario de Salud y Servicios Humanos; (b) el Bibliotecario del Congreso; (c) el Secretario de Estado; (d) el Presidente de la Comisión de Bellas Artes; (e) el Alcalde del Distrito de Columbia; (f) el Superintendente de Escuelas del Distrito de Columbia; (g) el Director del Servicio de Parques Nacionales; (h) el Secretario de Educación; (i) el Secretario de la Institución Smithsonian; (j) (1) el Presidente y el Líder de la Minoría de la Cámara de Representantes; (2) el Presidente y el miembro de la minoría de mayor rango del Comité de Transporte e Infraestructura de la Cámara de Representantes; y (3) 3 miembros adicionales de la Cámara de Representantes nombrados por el Presidente de la Cámara de Representantes. (k) (1) el Líder de la Mayoría y el Líder de la Minoría del Senado; (2) el Presidente y el miembro de la minoría de mayor rango del Comité de Medio Ambiente y Obras Públicas del Senado; y (3) 3 miembros adicionales del Senado nombrados por el Presidente del Senado; y (l) 36 fiduciarios generales, que serán ciudadanos de los Estados Unidos, que serán nombrados de acuerdo con la Sección 2. Sección 2. Fiduciarios Generales.--- Los fiduciarios generales serán nombrados por el Presidente de los Estados Unidos. Cada fiduciario deberá ocupar el cargo como miembro de la Junta por un período de 6 años, excepto que--- (a) cualquier miembro nombrado para llenar una vacante que ocurra antes de la expiración del término para el cual fue nombrado el predecesor del miembro será nombrado por el resto del término; y (b) un miembro continuará en funciones hasta que se haya nombrado al sucesor del miembro. (c) un miembro servirá a placer del Presidente.